Términos y Condiciones de Uso de Oficia
Versión 1.2 — 23 de septiembre de 2026.
Este documento se acepta al crear una cuenta en Oficia y se vuelve a pedir cada vez que cambia de forma material, según el mecanismo del Artículo 28. Quién aceptó qué versión y cuándo queda registrado; no basta con seguir usando la aplicación.
SECCIÓN I · Quiénes son las partes y qué es Oficia
Artículo 1. Qué es Oficia
1.1. Oficia (en adelante, "la Plataforma") es un directorio digital de servicios y catálogo publicitario en Venezuela: plomería, mecánica, belleza, clases, limpieza, y cualquier otro oficio o profesión que se ofrezca por cuenta propia. Conecta a quien busca un servicio ("el Cliente") con quien lo ofrece ("el Proveedor").
1.2. Oficia funciona bajo un modelo de Software como Servicio (SaaS) y directorio publicitario por suscripción: el Proveedor paga una tarifa fija mensual o anual por el derecho de uso de la Plataforma y la publicación de su oferta en el directorio. Ese es el único cobro que realiza Oficia. La Sección II explica cómo funciona.
1.3. Oficia no presta los servicios técnicos o profesionales que el Proveedor ofrece, no los supervisa, no los dirige ni los garantiza. No es una agencia de empleo, no es contratista, no actúa como patrono de los Proveedores y no participa en la ejecución del trabajo. Es exclusivamente un directorio digital y un canal de contacto.
1.4. Oficia no cobra comisión ni porcentaje sobre el valor del trabajo realizado, ni al Cliente ni al Proveedor, ni procesa pagos correspondientes a las contrataciones. El precio del servicio lo acuerdan el Cliente y el Proveedor de manera autónoma y directa, y se paga exclusivamente entre ellos, fuera de la Plataforma, por el medio que libremente elijan. Ver el Artículo 11.
Artículo 2. Quién opera Oficia hoy
2.1. Mientras no se constituya formalmente una sociedad mercantil, Oficia es operada por Ricardo Sanchez, titular de la cédula de identidad V-21.216.709, domiciliado en Valencia, estado Carabobo, en su carácter de persona natural (en adelante, "el Operador"). Toda referencia a "Oficia" en este documento se entiende hecha al Operador, mientras no se constituya la entidad jurídica que lo sustituya.
2.2. En el momento en que Oficia pase a ser operada por una sociedad mercantil constituida bajo las leyes venezolanas, dicha entidad sucederá de pleno derecho al Operador en la totalidad de las obligaciones y derechos contenidos en este documento frente a los Usuarios, notificándolo oportunamente mediante publicación formal dentro de la Plataforma.
Artículo 3. Capacidad, registro y cuenta
3.1. Para usar la Plataforma, el Usuario debe ser mayor de dieciocho (18) años y gozar de plena capacidad legal para contratar conforme a las leyes de la República Bolivariana de Venezuela.
3.2. El Usuario se compromete a suministrar información veraz, exacta y actualizada: nombre, cédula, datos de contacto y ubicación. Suministrar información falsa, o usurpar o apoderarse de la identidad o de los datos personales de otra persona para crear o gestionar una cuenta, es causa de suspensión inmediata conforme al Artículo 21, sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan conforme a los Artículos 6 y 20 de la Ley Especial contra los Delitos Informáticos (Gaceta Oficial N.º 37.313 del 30 de octubre de 2001).
3.3. La cuenta es personal e intransferible. El Usuario es el único responsable de custodiar sus credenciales de acceso y de toda actividad realizada desde su cuenta.
3.4. Ingresar con una cuenta de Google, o con la de cualquier otro proveedor de identidad externo, es únicamente una forma de vincular una cuenta de Oficia ya creada y con el registro completo. No es, en ningún caso, un atajo para crear una cuenta ni para saltarse los datos de registro que exige Oficia.
Artículo 4. Verificación de identidad con la cédula
4.1. Sin la verificación de la cédula de identidad, el Usuario puede publicar un (1) solo servicio y un (1) anuncio. Para publicar un segundo servicio o un segundo anuncio, o para que su perfil sea visible en el directorio público, debe cargar una fotografía legible de su cédula de identidad u otro documento oficial de identificación emitido por las autoridades venezolanas. Ningún Proveedor se publica sin la previa aprobación de su documento por el equipo de backoffice.
4.2. Si se detecta que el Usuario cargó un archivo que no corresponde a un documento oficial de identidad válido (como capturas de pantalla, imágenes ajenas o ilegibles), la cuenta quedará en estatus suspendido hasta que se cargue una identificación válida y sea verificada.
4.3. La imagen del documento de identidad se almacena en un entorno privado, protegido con medidas de seguridad técnicas y administrativas razonables; nunca se hace pública ni se comparte con terceros, y únicamente el personal autorizado de Oficia tiene acceso a ella, con fines de auditoría y respaldo de seguridad. Cada consulta interna queda registrada con quién la hizo, cuándo y con qué motivo. Ver el Artículo 22 sobre el tratamiento de estos datos.
Artículo 5. Verificación por WhatsApp
5.1. Oficia se reserva la facultad de exigir que el Usuario verifique su número de WhatsApp mediante un código de validación antes de realizar o recibir su primer contacto. La activación gradual de esta función no requerirá la modificación de este documento.
5.2. La verificación por WhatsApp busca confirmar que existe una persona real detrás de cada número, apoyándose en la verificación de identidad que ya hace el operador de telefonía. El correo electrónico registrado se usa exclusivamente para la autenticación de la cuenta, la recuperación de credenciales y las notificaciones del servicio — no para verificar identidad.
SECCIÓN II · La suscripción y el Plan 365
Artículo 6. La suscripción del Proveedor y normas cambiarias
6.1. La publicación y mantenimiento del perfil en el directorio de Oficia está sujeta a una tarifa de suscripción por uso de plataforma. El precio de referencia es de cuatro dólares con veinte centavos ($4,20) mensuales o cuarenta y dos dólares ($42,00) anuales. De conformidad con el Artículo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela (Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.211 del 30 de diciembre de 2015) y con el régimen de libre convertibilidad cambiaria establecido en el Convenio Cambiario N.º 1 (Gaceta Oficial N.º 6.405 Extraordinario del 7 de septiembre de 2018), todo pago realizado en moneda nacional (Bolívares) se calculará al tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV) vigente en la fecha del pago.
6.2. La tarifa de suscripción constituye la contraprestación por el uso del software y la visibilidad en la plataforma digital (SaaS). A los efectos de la Ley Orgánica de Precios Justos (Decreto N.º 2.092, Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.202 del 8 de noviembre de 2015) y de la normativa sobre estructuras de costos, esta tarifa representa un cobro fijo por servicios tecnológicos independientes y no guarda relación, comisión o porcentaje con el valor de los servicios que el Proveedor preste a sus Clientes.
6.3. Las modificaciones futuras a la tarifa pública aplican únicamente a las cuentas que se registren después del cambio. Cada cuenta conserva el precio que tenía vigente al momento de abrirse, sin que esto se pierda por los meses del Plan 365 en que la mensualidad queda exonerada conforme al Artículo 7: esos meses no son una interrupción de la suscripción, son parte de su funcionamiento normal.
Artículo 7. El Plan 365: el primer año
7.1. Todo Proveedor nuevo ingresa automáticamente al Plan 365 durante los primeros trescientos sesenta y cinco (365) días continuos contados desde la creación de su cuenta. Su funcionamiento se rige por las siguientes reglas:
- a. El primer mes de servicio es totalmente gratuito.
b. A partir del segundo mes, el cobro de la mensualidad se generará únicamente si durante el mes inmediatamente anterior se registró al menos una (1) confirmación por parte de un Cliente indicando que el servicio fue efectivamente contratado o ejecutado.
c. Si en el mes anterior no existió ninguna confirmación de trabajo por parte de Clientes, el mes siguiente queda completamente exonerado, manteniendo el perfil activo sin costo.
Ejemplo: la cuenta se abre el 1 de diciembre, así que diciembre es el mes gratis. Si concreta en diciembre, el 1 de enero paga $4,20. Si de enero a febrero no concreta nada, el 1 de febrero no paga. Si de febrero a marzo tampoco, el 1 de marzo tampoco paga. Si de marzo a abril sí concreta, el 1 de abril vuelve a pagar.
7.2. La confirmación de contratación debe ser emitida por el Cliente a través de la Plataforma. Las declaraciones emitidas por el Proveedor sobre la no concreción de un trabajo sirven como insumo de auditoría, pero no anulan por sí solas los registros generados por los Clientes.
7.3. Si una confirmación por parte del Cliente es registrada con posterioridad al vencimiento del ciclo mensual correspondiente, el cobro derivado se aplicará en el período inmediato siguiente, contándose los lapsos desde la fecha original del registro de contacto.
7.4. Cumplido el día trescientos sesenta y seis (366) desde la apertura de la cuenta, el Proveedor pasará al régimen general de suscripción fija, debiendo cancelar la tarifa mensual o anual para mantener su perfil activo en el directorio, independientemente del volumen de trabajos confirmados.
Artículo 8. Consecuencias del impago de la suscripción
8.1. El incumplimiento en el pago de la suscripción exigible conllevará la desactivación del perfil de Proveedor en el directorio, impidiendo la recepción de nuevos contactos.
8.2. La desactivación por impago no implica la eliminación de la cuenta de Usuario. La persona mantendrá su acceso a la Plataforma bajo la modalidad de Cliente, preservando su historial.
Artículo 9. Forma de pago de la suscripción
9.1. El pago de la suscripción se realizará mediante Pago Móvil o transferencia bancaria hacia las cuentas oficiales informadas en la Plataforma. El Proveedor deberá reportar el número de referencia del pago en la interfaz de la aplicación para la conciliación administrativa correspondiente.
9.2. Oficia no intermedia fondos correspondientes a los trabajos acordados entre Clientes y Proveedores. No existen pasarelas de pago ni mecanismos de custodia para la contratación de oficios dentro de la Plataforma.
SECCIÓN III · El servicio: contacto, ejecución y pago entre las partes
Artículo 10. Proceso de contacto
10.1. El Cliente consulta el directorio, selecciona un Proveedor, completa el formulario con los detalles del servicio requerido y envía la solicitud. Registrado el contacto en la Plataforma, el sistema genera un enlace directo para iniciar la comunicación vía WhatsApp con el Proveedor.
10.2. Oficia no provee un sistema de mensajería interna. Todas las conversaciones, presupuestos y acuerdos se realizan de forma externa a través de WhatsApp u otros medios elegidos por las partes. Oficia no monitorea, no almacena ni interviene en dichas comunicaciones.
10.3. El número telefónico del Proveedor no se expondrá públicamente en la interfaz general, entregándose exclusivamente tras el registro formal de la solicitud por parte del Cliente.
Artículo 11. Libre acuerdo de precios y pagos
11.1. Las tarifas por los oficios o servicios prestados son pactadas libremente entre el Cliente y el Proveedor. Oficia no establece listas de precios, no fija montos mínimos o máximos, ni interviene en las condiciones de pago.
11.2. Al no existir comisiones sobre las transacciones ni procesamiento de pagos dentro de la aplicación, el pago del trabajo se realiza siempre directamente entre las partes por las vías que acuerden.
Artículo 12. Autonomía e independencia en la relación comercial
12.1. El Proveedor utiliza Oficia como un canal publicitario independiente para promocionar sus servicios. Oficia no ejerce subordinación, supervisión, ni control sobre la prestación del trabajo, no impone horarios, no exige el cumplimiento de metas o guardias, no suministra herramientas de trabajo y no paga salarios. El Proveedor mantiene plena autonomía para aceptar o rechazar solicitudes, fijar sus precios y prestar servicios de forma independiente o a través de otros medios.
12.2. Conforme al Artículo 89, numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en materia laboral prevalece la realidad sobre las formas: ninguna cláusula de este documento decide por sí sola si existe o no una relación de trabajo. Lo que decide eso son los hechos — si hay subordinación, ajenidad y salario —, conforme a la presunción del Artículo 53 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), que el Proveedor podría invocar si esos hechos se presentaran en la práctica. Este documento describe el modelo de la Plataforma con la mayor precisión posible para que esos hechos queden claros, y no pide al Proveedor que renuncie a ningún derecho laboral: esa renuncia sería nula conforme al Artículo 19 de la LOTTT y al Artículo 89 de la Constitución.
12.3. El Proveedor que ofrece servicios por cuenta propia es responsable de su propia afiliación y cotización ante el IVSS, el FAOV y el INCES, conforme a la ley aplicable a los trabajadores no dependientes.
Artículo 13. Protección de menores y normas LOPNNA
13.1. Queda estrictamente prohibido solicitar, promocionar o ejecutar a través de la Plataforma cualquier trabajo o servicio que involucre la participación de niños, niñas o adolescentes en contravención con las disposiciones de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA, última reforma Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.185 del 8 de junio de 2015), en especial lo referente a la edad mínima de admisión al trabajo (Artículo 96) y las condiciones de protección laboral infantil.
13.2. La detección de cualquier infracción a esta norma acarreará la suspensión inmediata de la cuenta, conforme al Artículo 21, sin perjuicio de las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público y los órganos de protección competentes.
Artículo 14. Calificaciones y orden en el directorio
14.1. Concluido un contacto, el Cliente puede calificar al Proveedor con pulgar arriba o pulgar abajo. No hay reseñas escritas. El perfil del Proveedor muestra siempre los dos contadores — cuántos pulgares arriba y cuántos pulgares abajo tiene — nunca solo un porcentaje.
14.2. La presentación de los Proveedores en los resultados de búsqueda se realiza mediante un algoritmo aleatorio y dinámico dentro de cada categoría y ubicación. Ningún Proveedor puede pagar para aparecer de primero ni para mejorar su posición. La calificación se muestra en la tarjeta del Proveedor, pero nunca decide el orden.
SECCIÓN IV · El portafolio de imágenes
Artículo 15. Contenido del portafolio
15.1. Para mantener activo un servicio en el directorio, el Proveedor deberá cargar la cantidad mínima de fotografías requeridas por la Plataforma (mínimo una foto demostrativa por servicio). La omisión de este requisito afectará únicamente la publicación del servicio específico que incumpla la regla, sin suspender los demás servicios del Proveedor que sí reúnan las condiciones.
Artículo 16. Restricciones en imágenes promocionales
16.1. Las fotografías cargadas en el portafolio no podrán contener de forma visible datos de contacto directo — números telefónicos, nombres de usuario en redes sociales, direcciones de correo electrónico, enlaces web, códigos QR o cualquier otro medio que permita contactar al Proveedor sin pasar por la Plataforma.
16.2. La totalidad de los contactos iniciales debe realizarse a través del flujo establecido en la Plataforma para garantizar el correcto funcionamiento del registro de solicitudes y del Plan 365.
16.3. El incumplimiento de esta disposición ocasiona la suspensión inmediata de la cuenta. Las fotografías que incumplan esta norma no se eliminan: se conservan en el sistema como evidencia del incumplimiento.
SECCIÓN V · Responsabilidad entre las partes
Artículo 17. Exención de garantías sobre los servicios
17.1. La validación realizada por Oficia se limita a la verificación documental de la cédula de identidad conforme al Artículo 4.
17.2. Oficia no certifica, valida ni garantiza la calidad, idoneidad, experticia técnica, solvencia moral, ni antecedentes penales o civiles de los Usuarios. La selección y contratación de un Proveedor se realiza bajo la exclusiva responsabilidad del Cliente.
Artículo 18. Límite de responsabilidad
18.1. Oficia no asume responsabilidad alguna por daños materiales, personales, perjuicios económicos, retrasos, incumplimientos o hechos ilícitos derivados de las relaciones comerciales contractuales o extracontractuales pactadas entre Clientes y Proveedores.
18.2. Ninguna disposición de este documento pretende excluir o limitar la responsabilidad de Oficia por hechos derivados de su propio dolo o culpa grave en el funcionamiento técnico de la Plataforma. Cualquier estipulación en ese sentido sería nula por contrariar el principio de buena fe contractual consagrado en el Artículo 1.160 del Código Civil venezolano y los principios generales de orden público reconocidos por la doctrina y la jurisprudencia civil venezolanas. Lo que este Artículo limita es la responsabilidad de Oficia por los hechos de terceros — el Cliente y el Proveedor entre sí — no por sus propios actos.
Artículo 19. Responsabilidad directa entre las partes
19.1. El Proveedor responde directamente frente al Cliente por los daños o perjuicios ocasionados durante la ejecución de sus labores por negligencia, impericia o imprudencia.
19.2. El Cliente responde ante el Proveedor por las condiciones del sitio de trabajo, la veracidad de las instrucciones suministradas y los daños derivados de su incumplimiento.
19.3. Estas responsabilidades son entre el Cliente y el Proveedor directamente. Oficia no es parte de esa relación y no participa en su cumplimiento.
Artículo 20. Indemnidad
20.1. El Usuario mantendrá indemne a Oficia y a su Operador frente a cualquier reclamación, demanda, sanción o gasto extrajudicial o judicial que surja como consecuencia del uso indebido de la Plataforma, el incumplimiento de este documento o la comisión de hechos ilícitos en el marco de los servicios contratados por fuera de la Plataforma. Los honorarios profesionales resarcibles se ajustarán a las estimaciones aprobadas por los tribunales venezolanos competentes.
Artículo 21. Reportes y suspensión de cuentas
21.1. Los Usuarios que hayan registrado un contacto previo podrán emitir reportes sobre irregularidades. Cada caso será evaluado individualmente por el equipo de administración antes de aplicar medidas administrativas.
21.2. La suspensión implica la salida del perfil del directorio público y la imposibilidad de abrir o recibir nuevos contactos, sin que esto extinga los saldos pendientes por concepto de suscripción.
21.3. La cuenta suspendida no se borra. Sigue existiendo, con su historial completo, hasta que el backoffice revierta la suspensión o hasta que se presente el supuesto del Artículo 26.
SECCIÓN VI · Privacidad y datos personales
Artículo 22. Datos recabados y uso
22.1. Oficia recoge y trata los siguientes datos del Usuario: nombres, apellidos, cédula de identidad (con foto del documento), número telefónico, correo electrónico, ubicación general (estado y ciudad; no se usa geolocalización), y el registro de contactos y pagos de suscripción dentro de la Plataforma.
22.2. Estos datos se usan únicamente para operar el directorio, verificar identidad, gestionar el Plan 365 y responder ante una autoridad competente cuando corresponda. Oficia no vende estos datos ni los cede a terceros con fines comerciales.
Artículo 23. Marco aplicable en materia de protección de datos
23.1. A falta de una ley especial sobre protección de datos personales en el país, el tratamiento de la información se rige por las garantías consagradas en los Artículos 28 y 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Habeas Data) y por los criterios fijados por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la Sentencia N.º 1.318 del 4 de agosto de 2011, aplicando los principios de finalidad, proporcionalidad, confidencialidad y acceso.
23.2. Conforme a esos principios, el Usuario puede pedir en cualquier momento acceso, corrección o cancelación de sus datos, salvo los que Oficia deba conservar por una obligación legal o por ser evidencia de un incumplimiento (por ejemplo, la cédula y la foto que incumple el Artículo 16).
Artículo 24. Custodia de documentos de identidad
24.1. Las imágenes de las cédulas de identidad se conservan de forma permanente, como respaldo de identidad y para responder ante una autoridad competente. Se mantienen en un entorno de almacenamiento privado y aislado, nunca se sirven por una URL pública, y solo el personal autorizado del backoffice puede acceder a ellas, mediante un mecanismo que registra quién accedió, cuándo y con qué motivo, sin excepción para el propio personal de Oficia.
24.2. Dichos datos solo se entregan previa solicitud formal dictada por órganos judiciales o administrativos de la República Bolivariana de Venezuela en el ejercicio de sus atribuciones legales, y no se entregan a nadie más.
SECCIÓN VII · Propiedad intelectual
Artículo 25. Derechos sobre la plataforma y las imágenes
25.1. El código fuente, diseño, interfaces, marcas, dominios y logotipos asociados a Oficia son propiedad exclusiva del Operador (o de la sociedad mercantil que lo suceda), protegidos por la Ley sobre el Derecho de Autor (Gaceta Oficial N.º 4.638 Extraordinario del 1 de octubre de 1993) en lo que corresponde a obras de software e interfaz, y por la Ley de Propiedad Industrial (Gaceta Oficial N.º 25.227 del 10 de diciembre de 1956) en lo que corresponde a marcas. Queda prohibida su reproducción, ingeniería inversa o copia no autorizada, salvo lo que la ley permita expresamente.
25.2. Las fotografías del portafolio cargadas por los Proveedores conservan la titularidad de sus autores. Al ser publicadas, se otorga a Oficia una licencia de uso no exclusiva, gratuita y limitada para su exhibición dentro de la Plataforma.
SECCIÓN VIII · Cuentas: suspensión y, solo por orden legal, borrado
Artículo 26. Registro histórico y anonimización
26.1. Para garantizar la integridad del sistema y la trazabilidad de las auditorías de seguridad, ninguna cuenta de Usuario se borra a solicitud del propio Usuario ni por decisión unilateral de Oficia. La desactivación del perfil de Proveedor por impago (Artículo 8) no suspende la cuenta de Usuario, que sigue activa en su modalidad de Cliente. Cuando corresponda una sanción conforme al Artículo 21, o cuando la cuenta deje de usarse, su estatus pasa a suspendido o inactivo — pero no se elimina.
26.2. La única excepción es una orden de una autoridad judicial o administrativa competente que obligue a Oficia a eliminar los datos de un Usuario específico. En ese caso, Oficia anonimiza de forma irreversible los datos personales del expediente, conservando la estructura de los registros históricos desvinculada de cualquier identificador personal, para no arrastrar en la eliminación el rastro de otros Usuarios que tuvieron contacto con esa cuenta.
SECCIÓN IX · Aceptación y modificaciones
Artículo 27. Manifestación de voluntad electrónica
27.1. La aceptación de este documento se perfecciona mediante la marcación de la casilla de verificación correspondiente durante el proceso de registro.
27.2. Conforme al Artículo 4 del Decreto-Ley N.º 1.024 (Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, Gaceta Oficial N.º 37.148 del 28 de febrero de 2001), los mensajes de datos tienen la misma eficacia probatoria que la ley otorga a los documentos escritos; en consecuencia, la aceptación de este documento por medios electrónicos goza de plena validez jurídica y prueba el consentimiento otorgado por el Usuario.
27.3. Esta aceptación no incluye, ni puede incluir, una renuncia a derechos laborales, de consumidor o de cualquier otra naturaleza que la ley venezolana no permita renunciar. Cualquier cláusula que pretendiera eso es nula y se tiene por no escrita.
Artículo 28. Modificaciones a las condiciones
28.1. Oficia podrá actualizar los Términos y Condiciones. Cuando los cambios afecten aspectos sustanciales (tarifas, responsabilidades o privacidad), se requerirá la aceptación expresa de la nueva versión para continuar utilizando el servicio.
28.2. Las actualizaciones menores de estilo o redacción se publicarán indicando la fecha de revisión sin requerir reaceptación expresa.
28.3. Seguir usando la Plataforma nunca sustituye, por sí solo, la aceptación expresa de una versión nueva material de este documento.
SECCIÓN X · Disposiciones finales
Artículo 29. Nulidad parcial
29.1. La invalidez o inaplicabilidad de alguna de las cláusulas de este documento declarada por un tribunal competente no afectará la vigencia del resto de las estipulaciones.
Artículo 30. Reclamo previo, ley aplicable y jurisdicción
30.1. Este documento se rige e interpreta de conformidad con las leyes vigentes en la República Bolivariana de Venezuela.
30.2. Antes de acudir a la vía judicial, el Usuario podrá presentar su reclamo a través del canal oficial de soporte de la Plataforma (soporte@oficia.com.ve), como gestión interna previa de resolución de conflictos — no se trata de una mediación en sentido técnico, porque no interviene un tercero neutral, sino de un reclamo directo ante Oficia. Este paso es una instancia de buena fe entre las partes: no sustituye ni restringe el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no suspende ni interrumpe ningún lapso de prescripción o caducidad aplicable, y si el reclamo no es resuelto dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación, el Usuario podrá acudir directamente a la vía judicial conforme al Artículo 30.3.
30.3. De no resolverse la controversia por la vía interna, las partes se someten a la competencia de los Tribunales de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con el Artículo 47 del Código de Procedimiento Civil. Sin perjuicio de ello, si el Usuario reviste la condición de consumidor final bajo la legislación aplicable y la norma impone un fuero irrenunciable, la acción podrá intentarse ante los tribunales competentes de su domicilio.
Artículo 31. Datos de contacto
31.1. Para comunicaciones oficiales o consultas legales relacionadas con la Plataforma, se dispone del correo electrónico: soporte@oficia.com.ve.